“La diligencia de un buen padre de familia es un principio general y de máximo respeto, en base al cual todos los administradores están obligados a respetar sus funciones. El derecho canónico lo exige explícitamente en relación con los bienes eclesiásticos (can. 1284 § 1 CIC), pero se aplica en general a cualquier otro administrador”, se lee en el texto firmado por el Papa y publicado este 1 de junio de 2020.
Con esta nueva normativa de “buenas prácticas”, el Vaticano se alinea con la Convención de la ONU contra la corrupción. También, esta disciplina – explica el Papa – contempla aquellas diferencias necesarias entre la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano.
El Estado más pequeño del mundo tiene el objetivo de asegurar que todos los actores económicos con los que entra en contacto tengan “igualdad de trato y la posibilidad de no discriminación”, principio inspirado en la Convención de Mérida de la ONU contra la Corrupción (2003).
Nada de negocios con traficantes de armas
En las nuevas leyes aprobadas por el Papa existe una sección: Requisitos de honorabilidad. La Sede Apostólica vigilará la conducta de los “operadores económicos”, con los que se relaciona para evitar involucrarse con empresas y otros entes manchados con la actividad “de blanqueo de capitales, financiación del terrorismo y proliferación de armas de destrucción en masa”.
Nada de relaciones con paraísos fiscales
En las normas – queridas por el Papa- se invita a la transparencia para que no haya contratos adjudicados a sociedades en los paraísos fiscales, o se establezca una licitación con empresas que no respeten un código ético.
Serán excluidos aquellos que hayan pasado por una investigación o condenados por su “participación” en actividades ilícitas o con nexos con alguna “organización criminal”, condenados por “corrupción” o “fraude”.
Esto también se aplica a las empresas que utilizan el trabajo infantil, además de aquellos que faltan a las obligaciones relacionadas con el pago de impuestos o contribuciones en su país de origen, o los residentes en paraísos fiscales.
Mercados internacionales
La Secretaría de la economía será la encargada de publicar los precios y tarifas cobradas. Las comisiones que serán implementadas por la Secretaría de la economía examinarán la adjudicación de los contratos.
98 artículos anti corrupción
La iniciativa consta de 98 artículos sobre nuevos estándares que vienen a reemplazar los anteriores y que tocan a la Administración del Patrimonio de la Sede Apostólica (APSA) y la Gobernación de la Ciudad del Vaticano.
Éstos se extienden a todas las administraciones de la Santa Sede, incluidos los de la curia romana, que tenía un vacío legal en esta área.
1. Primero los intereses de la comunidad
Por ello, Francisco sostiene la necesidad de una administración fiel y honesta dado que “el administrador está llamado a asumir la responsabilidad de los intereses de una comunidad, que van mucho más allá de los de los individuos o de los intereses particulares”.
2. Reglas específicas y coherentes
El Papa defiende la necesidad de una reglamentación “específica y coherente” en el seno de la comunidad internacional. Se trata de un “patrimonio normativo”, que con sus “buenas prácticas” asociadas, garanticen principios y objetivos fundamentales, en este caso, para la gestión del “Estado de la Ciudad del Vaticano”.
3. Una gestión eficaz de los recursos
La adjudicación de los contratos está condicionada a los “principios fundamentales” de la “ética” de los actores económicos y estima de la doctrina social católica. La Santa Sede también mejora la autonomía, el principio de subsidiariedad y de cooperación leal entre las diferentes administraciones.
4. Competitividad leal
Francisco explica que la “promoción de una contribución leal y competitiva de los operadores económicos, combinada con la transparencia y el control de los procedimientos de adjudicación de contratos, permitirá una mejor gestión de los recursos que la Santa Sede administra para alcanzar los fines propios de la Iglesia (cf. c. 1254 CIC)”.
5. Buen funcionamiento del sistema para reducir la corrupción
“El funcionamiento de todo el sistema constituirá también un obstáculo para los acuerdos restrictivos y permitirá reducir considerablemente el peligro de corrupción de los llamados a gobernar y administrar los órganos de la Santa Sede y del Estado de la Ciudad del Vaticano”.
6. Ley para resolver controversias
“Esta legislación, de carácter sustantivo, va acompañada de normas de procedimiento destinadas a garantizar el recurso a la protección judicial en caso de controversias relativas a los procedimientos de adjudicación de contratos públicos o en relación con las medidas de inscripción o cancelación del Registro de Operadores Económicos”.
7. Ampliación jurídica para resolver litigios
“La especificidad de la materia y el carácter técnico de las normas sustantivas justifican la ampliación de la jurisdicción de los órganos judiciales del Estado de la Ciudad del Vaticano, a los que se atribuye la competencia para conocer de los eventuales litigios, aunque se refieran a entidades de la Curia Romana, sin perjuicio de la competencia del Tribunal Supremo de la Signatura Apostólica en caso de conflicto de atribución”.