España: Aprobadas la nueva ley del aborto y la ‘ley trans’

ACTUALIDAD Sábado 18 de Febrero de 2023

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Irene Montero, ministra de Igualdad en España

Autor: ALETEIA

Quedan aprobadas dos de las leyes más polémicas de esta legislatura

El Congreso de los Diputados aprobó este jueves dos leyes que han suscitado gran polémica en la sociedad española: la ‘ley trans’ y la nueva ley del aborto.

Nueva ley del aborto, ¿cuáles son las novedades?

La reforma de la ley del aborto fue aprobada con 185 votos a favor, 154 votos en contra y tres abstenciones de PdCAT. La denominada «reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo» queda aprobada días después de la resolución del Tribunal Constitucional ante la anterior ley de plazos.

Con la nueva modificación, ya aprobada, no hará falta el consentimiento de los padres a partir de los 16 años o si ellas tienen incapacidad intelectual. En el caso de que la embarazada sea menor de 16 años, sería un juez quien resolviera en el caso de desacuerdo entre ella y sus padres.

También quedan eliminados los tres días de reflexión que tenían las embarazadas antes de someterse un aborto, ni se recibirá información sobre las ayudas a la maternidad.

La nueva norma regula el acceso gratuito a la píldora del día después; muestra que todas las mujeres tendrán derecho a un centro público cercano en el que puedan abortar y se creará un registro de objetores que garantice la existencia de un sanitario que vele por el cumplimiento de esta práctica.

‘Ley trans’

La ley de autodeterminación de género ha desatado un fuerte debate fuera y dentro del gobierno. El cambio de sexo legal, sin requisitos, especialmente en menores de edad ha sido uno de los puntos más conflictivos.

Según esta nueva ley, las personas trans podrán modificar su sexo legal en el Registro Civil y el DNI sin someterse a intervenciones médicas. Los mayores de 16 años podrán hacerlo sin requisitos; los que tienen entre 14 y 16, con el consentimiento de sus progenitores; y entre 12 y 14, con aval judicial. Los menores de 12 años no podrán. Podrá revertirse transcurridos seis meses.

Se eliminan así los requisitos médicos que eran necesarios: llevar dos años con hormonación y un informe médico o psicológico que avalase esta decisión de cambio de sexo.

En el texto quedan prohibidas las «terapias de conversión» y considera una infracción «muy grave» su promoción o realización.

Autor: ALETEIA

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