Importante intimación al Intendente

ACTUALIDAD Domingo 14 de Mayo de 2023

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CARTA de PRUDENCIO BUSTOS ARGAÑARÁS.

Autor: Prudencio Bustos Argañarás

Córdoba, 9 de mayo de 2023
Señor
Intendente Municipal
Dr. Martín Llaryora
S.           /           D.
                              Prudencio Bustos Argañarás, en mi condición de vecino de esta ciudad, me dirijo al señor intendente municipal a efectos de ejercer el derecho de peticionar ante las autoridades, expresamente reconocido por el artículo 14° de la Constitución Nacional, y el de obtener de ellas “la protección de los intereses difusos, ecológicos o de cualquier índole”, reconocidos en ella, consagrado en el artículo 53° de la Constitución de la Provincia. Amparado en tales garantías, exijo a Ud. proceda de manera inmediata y con recursos personales, a reemplazar el símbolo de su administración por el legítimo escudo de la ciudad, en todos los sitios en donde aquel ha sido arbitraria e ilegalmente colocado.
 

 
                              Como cordobés que ama su ciudad y respeta su historia y su tradición, no puedo ver con indiferencia como su escudo de armas, concedido el 6 de julio de 1573 por el gobernador don Jerónimo Luis de Cabrera tras la Fundación, como consta en el acta respectiva, ha sido sustituido por un logotipo que tan sólo representa a la adminstración a su cargo y es una caricatura multicolor del escudo real.
 
 
                              Como no puede Ud. ignorar, además de la tradición ininterrumpida en el uso de dichas armas por cuatro siglos y medio, el Departamento Ejecutivo municipal dispuso su adopción legal mediante el decreto Nº 4.112 serie B de fecha 9 de junio de 1955, en circunstancias en que la constitución por entonces vigente lo facultaba a ello. En el mismo instrumento legal incorporó los colores que debe llevar, en concordancia con el dictamen emitido por el doctor Carlos Luque Colombres.
 
 
                              Posteriormente, el 18 de noviembre de 1993, el H. Concejo Deliberante sancionó la ordenanza Nº 9.041 ratificando dicho escudo, la que fue parcialmente vetada por el entonces intendente Rubén Martí, en su artículo 3º, que disponía su uso obligatorio en toda papelería, publicidad, bienes y efectos que pertenezcan o se encuentren al servicio del Municipio. Compensando dicho veto, la Convención Municipal Constituyente de 1995 introdujo en la Carta Orgánica el artículo 5°, que restituyó dicha obligatoriedad, incluyendo los vehículos afectados al uso público y el frente de los edificios municipales.
 
 
                              Lejos de acatar las normas legales aludidas, ha incurrido Ud. en la práctica ilegal del uso del referido logotipo en reemplazo del escudo de la ciudad, lo que constituye un flagrante incumplimiento de sus deberes como funcionario, un atentado contra el acervo cultural de los cordobeses y una grave confusión antirrepublicana entre el símbolo de la ciudad cuya administración se le ha encomendado y el que identifica a su gestión.
 
 
                              También me veo afectado en mi condición de contribuyente del Municipio, por el perjuicio patrimonial inferido al erario público, al utilizar recursos de la comunidad para financiar la inserción del mencionado logotipo personal en papeles, letreros, edificios y vehículos municipales, y en la publicidad (o propaganda) en todos los medios, como es dable comprobar a diario.
 
 
                              Se hace necesario recordar al señor intendente que es un deber inexcusable de aquellos a quienes se les ha confiado la administración del estado, velar por la defensa, conservación, enriquecimiento y difusión de aquellos valores que forman parte de nuestro acervo histórico y cultural, del que el escudo de la ciudad no es por cierto un elemento de menor importancia. Más aún cuando Córdoba tiene el privilegio de ser la única de las antiguas ciudades argentinas que ha utilizado en forma ininterrumpida el escudo otorgado por su Fundador, que antecede en doscientos cuarenta años al de la Nación.
 
 
                              Así lo han entendido nuestros constituyentes, cuando incorporaron a nuestra Carta Magna el artículo 66°, que consagra el derecho que tenemos los habitantes de esta Provincia a gozar de un medio ambiente sano, lo que comprende, entre otras cosas, "la conservación de los recursos naturales y culturales". Esta obligación se hace extensiva a los municipios, cuando en el artículo 186°, inciso 8, se incluye entre sus funciones, atribuciones y finalidades, "disponer y fomentar las políticas de apoyo y difusión de los valores culturales", como asimismo "conservar y defender el patrimonio histórico y artístico".
 
 
                              Advierto asimismo el uso indebido que hace usted de los dineros públicos para financiar una desmesurada propaganda de su gestión y una promoción personal suya en diarios, afiches y televisión, violando lo dispuesto por la ley nacional N° 25.188, de ética en el ejercicio de la función pública, cuyo artículo 42 reza textualmente: “La publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos deberá tener carácter educativo, informativo o de orientación social, no pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal de las autoridades o funcionarios públicos”. 
 
                              Por todo lo expuesto y ante el evidente incumplimiento por su parte de las disposiciones aludidas, reitero la exigencia planteada, bajo apercibimiento de que en caso de no hacerlo, accionaré judicialmente en defensa de los derechos de mi ciudad y de sus habitantes. De esta manera creo estar dando cumplimiento al deber impuesto a todas las personas por el artículo 38° inciso 4 de la Constitución Provincial, de "resguardar y proteger los intereses y el patrimonio cultural y material de la Nación, de la Provincia y de los Municipios".
 
 
                              Sin más lo saludo atte.

                              

                              

Autor: Prudencio Bustos Argañarás

Comentarios

María Angélica Zinny
Lunes 15 de Mayo de 2023

Agradezco y apoyo como ciudadana argentina y vecina cordobesa, a Prudencio Bustos Argañarás por esta carta contundente, dirigida al Intendente LLaryora. Considero oportuno proponer que, los demás vecinos de esta ciudad, hagamos propia la justa exigencia de Bustos Argañarás y que, de una iniciativa individual de un vecino pase a ser exigencia de una comunidad. Cabe señalar que el caso de LLaryora se multiplica a lo largo y ancho del país, por lo que es hora que nosotros, LA PATRIA, empecemos a levantar la voz y DEMANDEMOS los atropellos que sufrimos los argentinos con tantos funcionarios inescrupulosos. Frenemos YA sus ambiciones personales. Que se haga Justicia.

Respuesta enivada el Lunes 15 de Mayo de 2023

Gracias por su comentario. Por supuesto que estamos totalmente de acuerdo con ud.

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