Piden que la Justicia declare inconstitucional el protocolo para el aborto no punible que presentó el Gobierno hace un año

NACIONALES Miércoles 16 de Diciembre de 2020

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Ex senadora Flores Viñuales

Entre los denunciantes, todos oriundos de Salta, se encuentra la exsenadora nacional Cristina Fiore Viñuales. Sostuvieron que esta resolución “no contempla, siquiera, la posibilidad de realizar un procedimiento menos dañino”

Fuente: Infobae Digital

El 12 de diciembre de 2019, el ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, dio a conocer el protocolo para el aborto no punible apenas dos días después de haber comenzado su gestión. Esta mañana un grupo de denunciantes presentó una demanda colectiva para que la Justicia declare la inconstitucionalidad de dicha resolución.

Infobae accedió al petitorio con más de 100 carillas que fue presentado ante el Juzgado Federal n° 2 de Salta, a cargo del doctor Miguel Medina. La denuncia es contra el Ministerio de Salud de la Nación y en ella se busca “promover acción declarativa de inconstitucionalidad, en los términos del art. 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (CPCCN), la inconstitucionalidad del citado protocolo, que el ‘ser humano’ existe desde el momento mismo de la concepción, que nuestra Constitución Nacinal lo considera ‘niño’ al ser humano a partir del momento de la concepción y que por esa condición el niño no nacido tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”.

Hace un año, mediante una conferencia de prensa, el ministro de Salud nacional encabezó la presentación y expresó que el protocolo “da lugar a la objeción de conciencia, pero las instituciones y particularmente las instituciones públicas somos responsables de prestar los servicios en el marco de la ley. El plazo es de 10 días. No es que aplica a la violación, aplica al momento de la solicitud, no importa la causal: en 10 días debe darse lugar a la práctica”.

El “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo - Actualización 2019” posee 79 páginas en las cuales se detallan los lineamientos para la aplicación en diferentes contextos, tanto en instituciones públicas como privadas de todo el territorio argentino.

Entre los fundamentos de los denunciantes explicaron que el protocolo “impide y vulnera el ejercicio de la objeción de conciencia en profesionales de la salud (médicos, enfermeras y otros) y también de instituciones médicas”.

Agregaron que “elimina el deber estatal de protección del derecho a la vida de un número indeterminado de niños por nacer, en virtud de la ilegal ampliación de la inimputabilidad penal a casos no previstos en los supuestos de hecho”.

También que “con vicio de vaguedad, desvirtúa el concepto de salud al incluirse supuestas causas psicosociales como razón permisiva del aborto, eliminando el requisito legal relativo a que el peligro para la vida y salud no pueda evitarse por otros medios y con la posibilidad de considerarse la mujer víctima de abuso sexual prácticamente a su solo criterio subjetivo”.

Y destacaron: No contempla, siquiera, la posibilidad de realizar un procedimiento menos dañino, a través, por ejemplo, del adelantamiento del parto o del ofrecimiento a la madre de la entrega posterior en adopción, con prohibición incluso, a través de toda suerte de restricciones y amenazas penales y civiles, de poder ofrecer de modo efectivo ala madre gestante, sea a través del Estado o de instituciones, los medios alternativos necesarios para salvaguardar a las dos vidas”.

La presentación judicial fue firmada por ciudadanos salteños: Carlos Alderete, René Castellón, Cristina Fiore Viñuales, Gladys Moisés de Martínez, Mónica Medina, Miguel Miranda, Andrés Suriani, Héctor Zerpa y Jorge Roldán. Fiore Viñuales fue senadora nacional de Salta y actualmente preside el Partido Renovador de su provincia.

“Ha sido actualizado y va a seguir siendo actualizado. ¿Y cuáles son las dos razones centrales? Por un lado las modificaciones que ocurren en la legislación de nuestro país. En el Código Civil y Comercial del 2015 se incluyeron derechos que no estaban en el protocolo del 2015. Y la segunda parte es que la evolución del procedimiento hace que se modifiquen cuestiones científicas, la medicación que se utiliza, y eso usando cánones internacionales está puesto en este nuevo protocolo”, dijo González García en aquel entonces.

Y continuó: Iniciamos un camino que es el de aplicación de la ley y creemos que va a haber algunas organizaciones antiderechos que van a cuestionar. Nosotros estamos dando un instrumento sanitario para que se cumpla la ley y los derechos de la persona que lamentablemente están en situación de interrupción voluntaria del embarazo”.

Produce una injusta desprotección de la mujer violada, especialmente en los casos de violación intrafamiliar, agravando las situaciones de discriminación socio-culturales que se padece en el seno de ciertas familias, al facilitar que el violador fuerce a la víctima a solicitar el aborto gratuito sin denunciar la violación, conduciendo así a nuevas violaciones”, completaron en la denuncia.

 

Fuente: Infobae Digital

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